La reagrupación familiar permite a una persona extranjera con residencia legal en España traer a determinados familiares: cónyuge o pareja registrada, hijos menores o con discapacidad y, en ciertos casos, ascendientes. Hay que acreditar residencia legal suficiente, medios económicos y una vivienda adecuada. La autorización se solicita en la Oficina de Extranjería y, una vez concedida, el familiar pide el visado en el consulado de su país. Los familiares de personas españolas tienen una vía distinta.
- Quién solicita
- Residente legal en España
- Requisitos clave
- Medios económicos y vivienda adecuada
- Después
- Visado en el consulado
- Familiares de españoles
- Vía específica distinta
¿Para quién es este servicio?
- Residentes extranjeros que quieren traer a su cónyuge o pareja.
- Padres y madres que quieren reagrupar a sus hijos.
- Residentes con ascendientes a su cargo en el país de origen.
Qué incluye
- Comprobación previa de requisitos de residencia y medios económicos.
- Gestión del informe de vivienda adecuada.
- Preparación y presentación de la solicitud.
- Seguimiento y respuesta a requerimientos.
- Orientación para el visado consular.
- Tarjeta de residencia del familiar una vez en España.
Documentación habitual
La lista exacta depende de su caso. Esta es la documentación que se pide con más frecuencia:
- Tarjeta de residencia y pasaporte del reagrupante.
- Acreditación de medios económicos (nóminas, contratos, cuentas).
- Informe de vivienda adecuada.
- Documentos del vínculo familiar (matrimonio, nacimiento), legalizados y traducidos.
- Pasaporte del familiar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reagrupar a mis padres?
Es posible en determinados supuestos, con requisitos más exigentes que para el cónyuge o los hijos. Hay que estudiarlo caso por caso.
¿Qué es el informe de vivienda adecuada?
Es un informe que acredita que la vivienda reúne condiciones para acoger a la familia. Lo emite la administración competente de su lugar de residencia.
Contenido revisado por Nadia Mohand Mohamed, abogada. Actualizado el 22 de octubre de 2026. Información general que no sustituye el estudio de su caso.