Cuando la Oficina de Extranjería deniega una solicitud o no responde dentro del plazo legal (silencio administrativo), se puede recurrir. Frente a una resolución expresa cabe recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación. Esto incluye las solicitudes de la regularización extraordinaria de 2026, cuyo plazo de presentación terminó el 30 de junio de 2026 y que, sin respuesta en tres meses, se entienden denegadas. También defiendo en procedimientos sancionadores y de expulsión.
- Reposición
- 1 mes desde la notificación
- Contencioso
- 2 meses desde la notificación
- Silencio
- Puede recurrirse
- Regularización 2026
- Solicitudes hasta el 30/06/2026
¿Para quién es este servicio?
- Personas a las que se les ha denegado arraigo, renovación, reagrupación o nacionalidad.
- Solicitantes de la regularización extraordinaria de 2026 con denegación o sin respuesta.
- Personas con un procedimiento sancionador o de expulsión abierto.
Qué incluye
- Análisis de la resolución y de sus motivos.
- Recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo.
- Solicitud de medidas cautelares cuando proceda.
- Defensa en procedimientos sancionadores y de expulsión.
- Presentación de una nueva solicitud si es la mejor opción.
Documentación habitual
La lista exacta depende de su caso. Esta es la documentación que se pide con más frecuencia:
- Resolución de denegación y justificante de notificación.
- Copia de la solicitud presentada y de su documentación.
- Pasaporte y cualquier documento de residencia anterior.
Preguntas frecuentes
Me han denegado la regularización extraordinaria, ¿qué puedo hacer?
Puede recurrir la denegación o valorar otras vías ordinarias, como el arraigo. Traiga la resolución para revisar los motivos y los plazos.
No me han contestado, ¿puedo recurrir?
Sí. Cuando la administración no resuelve en plazo, la solicitud se entiende desestimada en muchos procedimientos de extranjería y se abre la vía del recurso.
¿Cuánto tiempo tengo para recurrir?
Frente a una resolución expresa, un mes para el recurso de reposición o dos meses para el contencioso-administrativo, contados desde la notificación.
Contenido revisado por Nadia Mohand Mohamed, abogada. Actualizado el 22 de octubre de 2026. Información general que no sustituye el estudio de su caso.